Se publica en BOE el sorteo que determina el orden de los aspirantes en todas las pruebas selectivas en la Administración General del Estado, incluyendo la Administración de Justicia, que se convoquen hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año siguiente año.

Según el resultado del sorteo, el orden se inicirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “Ñ”. De no existir ningún aspirante cuyo primer apellido comience por esa letra, el orden se iniciaría con la letra “O”.

El artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, establece que con anterioridad al inicio de los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos, la Secretaría de Estado para la Administración Pública determinará, mediante un único sorteo público celebrado previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que se celebren durante el año. El resultado del sorteo se publicará en dicho periódico oficial y deberá recogerse en cada una de las convocatorias. El 18 de abril de 2017, en la Sala de reuniones de la Dirección General de la Función Pública, calle María de Molina, número 50, planta 5.ª, de Madrid, y bajo la presidencia de don Javier Pérez Medina, Director General de la Función Pública, ha tenido lugar el mencionado sorteo, previo a la convocatoria de pruebas selectivas en los términos ordenados en la Resolución 4 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Según el resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas en la Administración General del Estado que se convoquen desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año 2018, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», atendiendo a estos efectos a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente.

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