En BOE de 15 de marzo de 2019 se publica Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

La Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, estableció las bases comunes que habían de regir los procesos selectivos para ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia incorporando las novedades en materia de selección introducidas por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Sin embargo, con fecha 29 de marzo de 2017, el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las organizaciones sindicales más representativas suscribieron el denominado Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público, el cual establece la necesaria elaboración y ejecución de un «Plan de Estabilización» para reducir al 8 % la alta tasa de temporalidad en el sector público durante el periodo 2017-2019, con el compromiso de mantener la temporalidad por debajo de ese límite en el futuro. De este modo, mediante el

«Acuerdo de la Mesa de Negociación del personal de la Administración de Justicia», firmado el 4 de diciembre de 2018, se ha adaptado el citado Plan de Estabilización 2017-2019 a la Administración de Justicia.

Fruto de estos acuerdos, conforme a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017, y la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, se prevén amplias ofertas de empleo público, entre las que se encuentran plazas para los Cuerpos de Letrados, para los Cuerpos Generales y para los Cuerpos Especiales de la Administración de Justicia.

Considerando que el establecimiento de bases comunes permite homogeneizar los procesos selectivos, contribuyendo de una manera eficaz a la claridad de los mismos, se hace necesario actualizarlas, a fin de incluir las normas comunes y extraordinarias de los procesos selectivos de las ofertas de empleo público afectadas por el «Plan de Estabilización» para ingreso o acceso del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia al que se refiere el libro VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin perjuicio de las normas específicas de cada convocatoria, que serán reguladas en las correspondientes bases específicas y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», previo informe de la Dirección General de la Función Pública en los plazos y condiciones que establezca el Real Decreto de la oferta de empleo público correspondiente.

 

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